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Contribuciones y Adquisición de Derechos de Pensióntributions

​​​El plan de jubilaciones cooperativas es un plan de beneficio definido “contribuyente”. ¿Qué significa esto para usted?

  • Usted contribuye a su plan con un cierto porcentaje de su sueldo, después de impuestos.

  • Este porcentaje es determinado por su empleador y es automáticamente deducido de cada cheque de sueldo que usted recibe.

  • Los empleadores participantes contribuyen el resto de lo que sea necesario para mantener el plan en un nivel actuario de equilibrio sano.

Para que usted tenga derecho a acceder a su beneficio completo del plan de jubilación cooperativo usted debe llegar al nivel de adquisición de derechos de pensión. A continuación enumeramos las reglas básicas para la adquisición de derechos de pensión.

  • Usted siempre tiene 100% de derecho a acceso a la parte de su beneficio acumulado que ha sido comprado por sus contribuciones personales y al interés sobre el mismo.

  • Usted tiene 100% de derecho a acceso a la totalidad de su Beneficio acumulado (incluyendo la porción provista por su empleador) después de cinco años de servicio.

  • El servicio de adquisición de derechos de pensión comienza a contar generalmente a partir de la fecha en que usted es contratado.

Esta página incluye solamente una descripción general de las reglas previamente mencionadas. Por favor consulte el Resumen del plan de descripción para más detalles, comuníquese con United Benefits Group con cualquier pregunta, y esté consciente que los términos del documento del plan oficial prevalecerán en el caso de cualquier incongruencia o malentendido.

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